Entre conferencia y conferencia hay mucha gente que pega buena onda y se proponen armar un emprendimiento en conjunto.
Pero a la hora de pensar la estructura aparece la pregunta: si mi co-founder está en otro país, ¿cómo hacemos?
Esta situación, que hace no tanto tiempo era exótica, hoy en día es muy común. A tal punto que muchas veces los "founders to be" se conocen virtualmente, y puede que recién se terminen conociendo en persona meses después de arrancar la empresa.
Tener founders que residen fiscalmente en distintos lugares no necesariamente es un problema, y puede ser visto, si se quiere, como una oportunidad.
Analizar la compatibilidad jurisdiccional
Lo primero que hay que hacer es un análisis de compatibilidad jurisdiccional.
A grandes rasgos puede haber:
Compatibilidad total, supongamos entre Argentina y Francia;
Compatibilidad o incompatibilidad parcial, supongamos entre España y Bahamas; o
Incompatibilidad total, supongamos Corea del Sur y Corea del Norte.
Los casos de incompatibilidad total pueden llegar a requerir una mudanza (en tanto y en cuanto sea posible) y también los founders pueden ser obligados a no continuar con la aventura.
Algunos dirán que es una lástima, pero así es la cosa. Hay países que tienen prohibido hacer negocios con nacionales o residentes de otros países, y lamentablemente it is what it is.
Generalmente nos vamos a encontrar con compatibilidades plenas o parciales. Aquí es dónde lo primero que hay que hacer es analizar si la nacionalidad de alguno representa algún tipo de ventaja estratégica.
Las ventajas de la interjurisdiccionalidad
Tener founders que residen en distintas jurisdicciones puede traer oportunidades interesantes. Por ejemplo, puede servir para dar sustancia en una jurisdicción amigable, para poder ir a buscar funding de distintos programas circunscriptos geográficamente, para cumplir con requerimientos de directores locales en determinado tipo societario que resulte beneficioso, y tantas cosas más.
En esta instancia, todavía la empresa ni está operando, con lo cual la optimización fiscal no es una prioridad.
Pero dos founders en distintos países, más un 10% en advisors, angels, y primeros empleados puede hacer maravillas con las CFC Rules.
En resumen, lo que a simple vista puede parecer una complicación, bien puede transformarse en una gran oportunidad. No hay que combatir la interjurisdiccionalidad. Hay que abrazarla en función de las cosas buenas que pueda llegar a darnos.
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