El otro día hubo pequeña polémica respecto de si existien o no “Jurisdicciones Offhosre que ya nadie acepta”.
Como unos cuantos me preguntaron al respecto, les voy a contar cómo es que funciona la llamada “aceptación” de entidades incorporadas en este tipo de jurisdicción, y cómo saber si pueden servir para vos.
A) “El problema no es la empresa, el problema sos vos”.
Es fundamental que comprendan una noción básica: La entidad offshore no existe en el vació, sino que existe en gran parte (al menos el 50%) dentro de la lente que compone el plexo normativo de aquel país en el cuál el beneficiario final es residente fiscal.
Antes de realizar cualquier incorporación, es esencial realizar un estudio de compatibilidad jurisdiccional. Esto es por varios motivos, en primer lugar porque trabajar con jurisdicciones que se encuentran en listas negras (para la ley que te gobierna) probablemente devenga en rechazos a mansalva dentro de los que es la operatoria habitual de la entidad. Pero además seguramente no cumpla su función ya que no se reconocerá como tal y en todo caso se regira de acuerdo a leyes locales, homologando la entidad offshore a una entidad onshore.
Además, de dónde seas aumenta la percepción de riesgo que van a tener sobre vos y por lo tanto impacta en las aperturas en entidades financieras.
B) Chanchos con catapultas
Cuenta la historia que en un pueblo las palomas mensajeras eran furor, pero un carpintero se rehusaba a utilizarlas. No queriendo gastar plata en ellas pensó “voy a utilizar toda mi expertise en construir un invento superador”.
Así es que construyó unas catapultas de máxima precisión, y a falta de palomas le ató un mensajito en el collar a unos chanchos que tenía.
Luego de destruir 2 chanchos y 2 hogares, dijo a la policiía que su invento “desde la teoría y la práctica había funcionado, sólo necesitaba algunos ajustes”.
A qué viene la fábula? A que la apertura de cuentas en entidades financieras para offshores va a estar en enorme medida supeditada a la función que éstas cumplen o van a cumplir. Si uno las quiere para holdings, va a tener muchísimas más opciones que si uno las quiere como empresas operativas (dónde prácticamente no va a conseguir ninguna).
Así como la offshore no existe en el vacío sino que depende para su analisis conocer dónde reside el beneficiario final, de igual forma no funciona en el vacío, sino su “aceptación” esta ámpliamente condicionada por la función que uno desea que la entidad cumpla.
Chanchos en catapultas, reciben un 99.9% de rechazos.
La función debe ser clara, coherente, y acorde con lo que en reglas generales es generalmente aceptado.
C) It’s a numbers game.
Hace muchísimos años en televisión, Luis Majul cada tanto invitaba a un famoso abogado al cual apodaba “el abogado del diablo”.
En una de sus entrevistas, Majul le pregunta “Hay alguien a quien no defenderías”.
El abogado contesta “A un violador”.
Majul retruca: “ni por 5 millones de dolares?”
A lo cual el abogado responde “Por 5 millones de dolares hasta le doy un beso, no preguntes boludeces”.
A que viene este trip down memory lane?
A que las aperturas en entidades financieras, y en definitiva la aceptación de las jurisdicciones offshore, a medida viene con un price tag mínimo.
Y no solo importa cuánto dinero vayan a operar, sino tambien quién uno sea. Una empresa como Meli, puede abrir lo que se le antoje dónde se le antoje, y quizás de alguna forma suceda algo similar con una persona de un patrimonio más que considerable.
Creer que tu caso es comparable porque ambos serían beneficiarios finales en la misma residencia fiscal, y la entidad cumpliría funciones similares, es un error. Falta la parte de la tarasca.
Vamos a un caso práctico.
Supongamos una empresa de consultoría y servicios. Opera en todo el mundo con una BVI que posee cuentas bancarias en USA, Uruguay, Suiza y Singapur.
Ahora vos, que sos un freelancer que gana 60k al año ves eso y pesas “esto es ideal para mi”. Pues no. En ese caso es prácticamente imposible que puedas abrir una cuenta bancaria para tu BVI operativa de freelancer de clase media. Aún si milagrosamente econtraras un banco, no podrías pagar los fees de apertura ni llegar al mínimo que te van a exigir.
4) Y Entonces?
Te va a ir bien en tanto y en cuanto contrates gente idonea y competente para asesorarte respecto de cómo, cuándo, dónde y para qué meter offshores en un armado corporativo. Si comprendiste que no todas las jurisdicciones van a ser compatibles con vos, que además la función de la entidad debe ser coherente con su propia existencia, y que existen mínimos de dinero con los que vas a tener que cumplir, y a los cuales debés llegar holgadamente, entonces probablemente te vaya bien. Caso contrario, las chances de fracaso son casí una garantía.
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