Si no resido en ningún lado, ¿dónde tributo?
Esta es la pregunta del millón para muchísimos jóvenes (y no tanto) que al disfrutar de las mieles del trabajo remoto, la propia naturaleza del mismo los lleva a la reflexión.
En este artículo analizamos cómo es el tema de las obligaciones fiscales para los nómadas digitales.
La situación fiscal de los nómadas digitales
“Si puedo hacer mi trabajo desde cualquier lugar del mundo que tenga Internet, podría, en teoría, moverme de forma perpetua y no residir legal ni fiscalmente en ningún lado”.
La mecánica de esta teoría tiene algunas otras complicaciones operativas. El “turista perpetuo” debería comportarse como tal y, por tanto, no debería pasar en ningún país más tiempo del que su visa de turista le permite.
En Estados Unidos, por ejemplo, esto se complica, ya que el PPT (Physical Presence Test), considerado uno de los parámetros para definir la residencia fiscal, consta de una matemática bizantina que puede jugarte en contra. De acuerdo a estos parámetros, incluso un turista con una visa B1/B2 (que va MUCHO a Disney) puede transformarse en residente fiscal sin romper ninguna de las limitaciones de su visa.
A su vez también hay contingencias migratorias que habrá que tener en cuenta. El trabajo remoto es algo relativamente nuevo para todo el plexo normativo de la migración y el trabajo en las distintas naciones, con lo cual puede o no implicar una prohibición.
Una visa de turista o, para el caso, una visa implícita (el derecho a ser turista por determinado tiempo que le otorga un Estado a los nacionales de otro) suele venir con la prohibición de trabajar. Y muchas veces con una enumeración taxativa de aquello que el visitante puede hacer.
Por tanto es conveniente averiguar si cada Estado que se propone visitar considera el trabajo como trabajo “tradicional”, para empleadores locales, o cualquier forma de él.
Y hay más.
Mucho más que contar días
Los fanáticos de contar los días en los cuales permanecen en diferentes jurisdicciones a los fines de evitar la residencia fiscal deben comprender que la famosa cuenta de días puede no ser tan relevante en muchísimas jurisdicciones.
Esto no significa que uno pueda pasarse sin consecuencias, sino que uno bien puede adquirir una residencia fiscal habiendo pasado apenas una fracción de los días requeridos en la famosa cuenta.
Justamente, a los fines de la determinación de residencia fiscal es que aparecen conceptos como pueden ser llamados “Centro de Vida” o “Centro de intereses económicos y vitales”. Un Estado podrá considerar que una persona es residente fiscal únicamente considerando éstos.
Al fin y al cabo, cualquier residente fiscal tiene derecho a tomarse la cantidad de vacaciones que quiera, y no por tomarse vacaciones largas uno queda exento de impuestos.
El centro de intereses vitales tiene que ver con la familia, los dependientes y los lazos. El centro de intereses económicos tiene que ver con el sustento.
También hay que aclarar que cualquier interés económico no necesariamente sea “el centro”, y bien puede ser un interés económico marginal. Caso contrario uno sería residente fiscal de cada lugar del mundo en el que tenga intereses o inversiones.
Pero el principal problema de estos “centros”, a los fines de la idea del turista perpetuo, es que pueden funcionar a modo de atadura perpetua. Un Estado en el que previamente se ha residido fiscalmente puede llegar a considerar que a falta de lazos evidentes mayores con otro Estado (lo cual es por diseño en el caso del turista perpetuo), los lazos permanecen y, ergo, el turista está de “vacaciones largas”.
Los riesgos de evitar la residencia fiscal
El problema de la ausencia de residencia fiscal reside en el hecho de que “si uno no es de nadie, entonces es de todos”, y más de un Estado podrían hacer el “claim” de los lazos, no habiendo evidencia fuerte de lazos más fuertes en otros.
Y aún si alguien pudiera comprobar la ausencia total de lazos con cualquier Estado que quiera imputarle algún “centro”, aparecería otro problema.
Cualquier persona que quiera utilizar cualquier tipo de proveedor financiero deberá manifestar cuál es su residencia fiscal en el proceso de KYC. Esta mera indicación podría ser base suficiente para una presunción. Y el interesado no tendrá elementos para probar en contrario.
Todos los proveedores financieros del mundo deben recolectar la residencia fiscal de sus clientes. Cuando un cliente cambia de residencia fiscal debe informarlo al proveedor. Y el “no tengo” no será una opción válida para abrir o mantener cuentas con ellos.
Como podemos ver, las puertas para lograr este objetivo de turistear sin pagar impuestos están cada vez más cerradas.
Y por más que uno pudiera volverse una especie de fantasma que no existe, que no forma lazos, que no deja rastros, que no tiene familia conocida y que se maneja económicamente un 100% en crypto auto-custodiada, para la enorme mayoría de las personas será algo inviable.
Sin embargo, nómadas digitales hay miles, y el ejercicio de viajero perpetuo es algo que sucede en la práctica y no es bajo ningún concepto un ejercicio de laboratorio sin correlato en la vida real.
La importancia de la planificación
La forma en la que uno nómada digital inteligente se encarga de sus impuestos es mediante una correcta planificación fiscal internacional. Alguien que está dispuesto a moverse puede beneficiarse de ser residente fiscal en determinados lugares que le van a ofrecer todo tipo de beneficios.
Así, vemos cómo es muchísimo mejor obtener y defender con uñas y dientes una residencia fiscal conveniente que la ausencia total de ella. En B&P Consulting podemos ayudarte a implementar una correcta planificación fiscal internacional para que puedas moverte con tranquilidad por el mundo y optimizar al máximo los costos tributarios. Somos una consultora especializada en exportación de servicios, estructuras corporativas, crypto regulation, movimientos interjurisdiccionales y relocalizaciones. Conocer bien las reglas del juego puede ayudarte a evitar problemas a futuro y a tomar decisiones estratégicas que protejan tu patrimonio y tu trabajo.
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